Términos y Condiciones

Condiciones generales de JACKMEND

 

Contenido:

Artículo   1 - Definiciones

Artículo   2 - Identidad del empresario

Artículo   3 - Ámbito de aplicación

Artículo   4 - La oferta

Artículo   5 - El contrato

Artículo   6 - Derecho de desistimiento

Artículo   7 - Costes en caso de desistimiento

Artículo   8 - Exclusión del derecho de desistimiento

Artículo   9 - El precio

Artículo 10 - Conformidad y garantía

Artículo 11 - Entrega y ejecución

Artículo 12 - Contratos de duración: duración, resolución y prórroga

Artículo 13 - Pago

Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones

Artículo 15 - Disputas

Artículo 16 - Disposiciones adicionales o diferentes

 

Artículo 1 - Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

 

  1. Período de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una actividad profesional o empresarial y celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día natural;
  4. Contrato de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o prestación está distribuida en el tiempo;
  5. Soporte de datos duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que pueda consultarse en el futuro y reproducirse sin alteraciones.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad de que el consumidor desista del contrato a distancia durante el período de reflexión;
  7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición del consumidor y que este puede cumplimentar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, se utiliza exclusivamente, hasta el momento de la celebración del contrato, una o más técnicas de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se reúnan simultáneamente en el mismo lugar.
  11. Condiciones generales: las presentes Condiciones generales del empresario.

 

Artículo 2 - Identidad del empresario

Yasar Ecom & Training B.V.

Enschedesestraat 170A

7552CL, Hengelo

Número de registro en la Cámara de Comercio: 91367247

Número de IVA: NL865632194B01

info@jackmend.com

 

Artículo 3 - Ámbito de aplicación

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario, a todo contrato a distancia celebrado y a todos los pedidos entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de celebrar el contrato a distancia, se pondrá el texto de estas condiciones generales a disposición del consumidor. Si no es razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se le indicará al consumidor que las condiciones generales están a disposición del empresario y que se le enviarán a su solicitud lo antes posible y sin coste alguno.
  3. Si el contrato a distancia se celebra electrónicamente, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica antes de celebrar el contrato a distancia, de forma que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si no es razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se le indicará al consumidor dónde puede consultar las condiciones generales por vía electrónica y que se le enviarán a su solicitud por vía electrónica u otro medio, sin coste alguno.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, se apliquen condiciones específicas de productos o servicios, los párrafos segundo y tercero se aplicarán de forma análoga y, en caso de conflicto entre condiciones generales, el consumidor podrá invocar en todo momento la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si alguna disposición de estas condiciones generales resulta nula o anulable total o parcialmente en cualquier momento, el contrato y las demás disposiciones de estas condiciones generales seguirán vigentes y la disposición afectada se sustituirá sin demora, por acuerdo mutuo, por una disposición cuyo alcance se aproxime tanto como sea posible al de la disposición original.
  6. Las situaciones que no estén reguladas en estas condiciones generales se interpretarán conforme al espíritu de las mismas.
  7. Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones se interpretarán conforme al espíritu de estas condiciones generales.

 

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene una duración limitada o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta es sin compromiso. El empresario está facultado para modificarla y adaptarla.
  3. La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada para que el consumidor pueda evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas deben representar fielmente los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no obligan al empresario.
  4. Todas las imágenes, especificaciones e información de la oferta son meramente indicativas y no pueden dar lugar a reclamaciones por daños ni a la resolución del contrato.
  5. Las imágenes de los productos deben representar fielmente los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Toda oferta debe contener la información necesaria para que al consumidor le quede claro cuáles son los derechos y obligaciones derivados de la aceptación de la oferta. En particular:
    • el precio, incluidos los impuestos;
    • los posibles gastos de envío;
    • la forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello;
    • si se puede ejercer o no el derecho de desistimiento;
    • la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
  • el plazo para aceptar la oferta o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
  • el importe de la tarifa de comunicación a distancia si los costes de uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica ordinaria del medio de comunicación utilizado;
  • si el contrato se archivará después de su celebración y, en caso afirmativo, de qué forma podrá consultarlo el consumidor;
  • la forma en que el consumidor podrá comprobar antes de celebrar el contrato los datos que haya facilitado en el marco del contrato y, si lo desea, rectificarlos;
  • los demás idiomas en los que, además del neerlandés, se pueda celebrar el contrato;
  • los códigos de conducta a los que el empresario se haya sometido y la forma en que el consumidor podrá consultarlos por vía electrónica; y
  • la duración mínima del contrato a distancia en caso de contrato de duración.

 

 

Artículo 5 - El contrato

  1. El contrato se celebrará, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 4, en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones establecidas para ello.
  2. Si el consumidor acepta la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de dicha aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y proporcionará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas para ello.
  4. El empresario podrá, en el marco legal aplicable, comprobar si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como todos los hechos y factores relevantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si, en virtud de esta comprobación, el empresario tuviera motivos fundados para no celebrar el contrato, podrá rechazar motivadamente un pedido o solicitud, o imponer condiciones especiales para su ejecución.
  5. El empresario acompañará al producto o servicio que se entregue al consumidor de la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla fácilmente en un soporte de datos duradero:
  6. la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar reclamaciones;
  7. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento, o una indicación clara de que dicho derecho está excluido;
  8. la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
  9. los datos incluidos en el párrafo 3 del artículo 4 de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
  10. los requisitos para resolver el contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
  11. En caso de contrato de duración, la disposición del párrafo anterior solo se aplicará a la primera entrega.
  12. Todo contrato se celebrará bajo la condición suspensiva de que los productos correspondientes estén suficientemente disponibles.

 

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

En la entrega de productos:

  1. Al comprar productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin dar lugar a causa alguna durante 30 días. Este período de reflexión comenzará el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o por un representante designado previamente por este y comunicado al empresario.
  2. Durante el período de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para evaluar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, en la medida en que sea razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario en un plazo de 30 días desde la recepción del producto. El consumidor deberá comunicarlo mediante el formulario modelo. Una vez que el consumidor haya comunicado su intención de ejercer su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 30 días. El consumidor deberá demostrar que los artículos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo mediante un comprobante de envío.
  4. Si el cliente no ha comunicado su intención de ejercer su derecho de desistimiento al vencimiento de los plazos indicados en los párrafos 2 y 3, o no ha devuelto el producto al empresario, la compra quedará firme.

En la prestación de servicios:

  1. Al prestar servicios, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin dar lugar a causa alguna durante al menos 30 días, a contar desde el día de la celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá seguir las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario en la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.

 

Artículo 7 - Costes en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los costes de devolución correrán a su cargo, con un importe máximo.
  2. Si el consumidor ha pagado una cantidad, el empresario la reembolsará lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de 30 días desde el desistimiento. No obstante, se requiere que el producto ya haya sido recibido de nuevo por el comerciante electrónico o que se haya presentado una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se realizará mediante el mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que este dé su consentimiento expreso para utilizar otro método de pago.
  3. Si el producto se daña debido al trato descuidado por parte del consumidor, este será responsable de la posible disminución de su valor.
  4. El consumidor no podrá ser considerado responsable de la disminución del valor del producto si el empresario no ha proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, la cual debe facilitarse antes de celebrar el contrato de compraventa.

 

Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los párrafos 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo indica claramente en la oferta, al menos antes de celebrar el contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para los productos:
  3. elaborados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;
  4. que sean claramente de naturaleza personal;
  5. que por su naturaleza no puedan devolverse;
  6. que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
  7. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia;
  8. periódicos y revistas sueltos;
  9. grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  10. productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  11. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para los servicios:
  12. relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que se presten en una fecha determinada o durante un período determinado;
  13. cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que expire el período de reflexión;
  14. relativos a apuestas y juegos de azar.

 

Artículo 9 - El precio

  1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo que se produzcan cambios en los tipos de IVA.
  2. Conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que no tiene influencia, con precios variables. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean orientativos se indicarán en la oferta.
  3. Las subidas de precio en los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de disposiciones o reglamentos legales.
  4. Las subidas de precio a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario lo ha pactado y:
  5. son consecuencia de disposiciones o reglamentos legales; o
  6. el consumidor tiene derecho a resolver el contrato a partir del día en que entre en vigor la subida de precio.
  7. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  8. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y de escritura. El empresario no acepta responsabilidad alguna por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores de impresión y de escritura, el empresario no está obligado a suministrar el producto al precio erróneo.

 

Artículo 10 - Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios sean conformes con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con las exigencias razonables de idoneidad y/o utilidad y con las disposiciones legales y/o reglamentos gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha pactado, el empresario también garantiza que el producto sea apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía proporcionada por el empresario, el fabricante o el importador no menoscaba los derechos y acciones que el consumidor pueda ejercer contra el empresario en virtud del contrato.
  3. Cualquier defecto o producto suministrado incorrectamente debe notificarse por escrito al empresario en el plazo de 4 semanas desde la entrega. Los productos deben devolverse en su embalaje original y en perfecto estado.
  4. El período de garantía del empresario corresponde al período de garantía de fábrica. No obstante, el empresario no asume responsabilidad alguna por la idoneidad final de los productos para cualquier uso individual del consumidor ni por los consejos que pueda prestar sobre el uso o la aplicación de los productos.
  5. La garantía no se aplica si:
  • El consumidor ha reparado y/o modificado él mismo los productos suministrados o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;
  • Los productos suministrados han sido sometidos a condiciones anormales o han sido tratados de forma negligente o contraria a las instrucciones del empresario y/o a las indicaciones del embalaje;
  • La falta de conformidad es consecuencia total o parcial de reglamentos establecidos o por establecer por la autoridad pública en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

 

Artículo 11 - Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con la mayor diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
  3. Con sujeción a lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la mayor diligencia posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 14 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega superior. Si la entrega se retrasa o si el pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá una notificación al respecto en el plazo máximo de 14 días desde que realizó el pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización.
  4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no podrá derivar de los plazos indicados ningún derecho. El incumplimiento de un plazo no dará derecho al consumidor a indemnización.
  5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario devolverá al consumidor el importe pagado lo antes posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 14 días desde la resolución.
  6. Si resulta imposible entregar un producto pedido, el empresario hará todo lo posible para poner a disposición del consumidor un producto sustitutivo. En el momento de la entrega, se informará al consumidor de forma clara y comprensible de que se le suministrará un producto sustitutivo. En el caso de productos sustitutivos, no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de una posible devolución correrán a cargo del empresario.
  7. El riesgo de deterioro y/o pérdida de los productos recaerá sobre el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

 

Artículo 12 - Contratos de duración: duración, resolución y prórroga

Resolución

  1. El consumidor podrá resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, con sujeción a las condiciones de resolución acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  2. El consumidor podrá resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, con sujeción a las condiciones de resolución acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes, y siempre al vencimiento del plazo determinado.
  3. El consumidor podrá:
  • resolver en cualquier momento los contratos mencionados en los apartados anteriores, sin limitarse a resolverlos en un momento o período determinado;
  • resolverlos, al menos, de la misma forma en que los celebró;
  • resolverlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya pactado para sí mismo.

Prórroga

  1. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios no podrá prorrogarse ni renovjarse tácitamente por un período determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de periódicos, boletines y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda resolver el contrato prorrogado al vencimiento de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  3. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos o de servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor podrá resolverlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes y, en el caso de que el contrato tenga por objeto el suministro regular, pero con menos de una vez al mes, de periódicos, boletines y revistas, con un plazo de preaviso máximo de tres meses.
  4. Un contrato de duración limitada para el suministro regular de periódicos, boletines y revistas con fines de prueba o de familiarización no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al vencimiento del período de prueba o de familiarización.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá resolverlo en cualquier momento tras el transcurso de un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la equidad se oponga a la resolución antes del vencimiento del plazo acordado.

 

Artículo 13 - Pago

  1. Salvo acuerdo en contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en el plazo de 7 días hábiles desde la entrada en vigor del período de reflexión previsto en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará a contar desde que el consumidor reciba la confirmación del contrato.
  2. El consumidor tiene la obligación de notificar al empresario sin demora cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, sin perjuicio de las limitaciones legales, a cobrar los gastos razonables previamente comunicados al consumidor.

 

Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones debidamente comunicado y tratará la reclamación conforme a dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario en el plazo de 7 días desde que el consumidor constate los defectos, describiéndolas de forma completa y clara.
  3. Las reclamaciones presentadas ante el empresario se responderán en el plazo de 14 días desde la fecha de recepción. Si el tratamiento de una reclamación requiere un plazo previsiblemente superior, el empresario responderá en el plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará al consumidor cuándo podrá esperar una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse mediante acuerdo mutuo, dará lugar a una controversia sujeta al procedimiento de resolución de litigios.
  5. En caso de reclamación, el consumidor deberá dirigirse en primer lugar al empresario.
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este lo indique por escrito.
  7. Si el empresario considera que la reclamación es fundada, podrá sustituir o reparar gratuitamente los productos suministrados, según le resulte más conveniente.

 

Artículo 15 - Litigios

  1. Los contratos celebrados entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se rigen exclusivamente por el derecho neerlandés, incluso si el consumidor tiene su residencia en el extranjero.
  2. El Convenio de Viena sobre contratos de compraventa internacional de mercancías no se aplica.

 

Artículo 16 - Disposiciones complementarias o diferentes

Las disposiciones complementarias o diferentes de estas condiciones generales no podrán ser perjudiciales para el consumidor y deberán constar por escrito o comunicarse de forma que el consumidor pueda almacenarlas de manera accesible en un soporte duradero.